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Concepto de enfermedad profesional
La enfermedad profesional es la afección que surge como consecuencia del trabajo realizado. La declaración de la patología como enfermedad profesional conlleva una mayor protección: acceso a una prestación económica de mayor cuantía (hasta el 75% de la base reguladora desde el primer día), servicios médicos prestados por parte de la mutua de forma gratuita, no se exigen requisitos de cotización previa para el acceso a las pensiones por incapacidad.
Para que una enfermedad se califique como profesional, además de estar producida como consecuencia del trabajo, debe cumplir tres requisitos enunciados en el artículo 157 de la Ley General de la Seguridad Social:
- Contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena.
- Consecuencia de alguna de las actividades especificadas en el cuadro de enfermedades profesionales aprobado en el Real Decreto 1299/2006.
- Consecuencia por la acción de elementos o sustancias que en el mencionado cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
Así, en ocasiones la declaración o no de una patología como enfermedad profesional puede llevar a controversia cuando no se encuentra incluida en el listado del Real Decreto 1299/2006. El listado adolece de un enfoque androcentrista que no tiene en cuenta la penosidad y consecuencias de ámbitos altamente feminizados.
Profesiones no enumeradas en el listado de enfermedades profesionales
En el listado que enumera las enfermedades profesionales pueden encontrarse ejemplos de descripción de la patología y el área de actividad como las siguientes:
Síndrome del túnel carpiano por compresión del nervio mediano en la muñeca. Trabajos en los que se produzca un apoyo prolongado y repetido de forma directa o indirecta sobre las correderas anatómicas que provocan lesiones nerviosas por compresión (…) trabajos de montaje (electrónica, mecánica), industria textil, mataderos (carniceros, matarifes), hostelería (camareros, cocineros), soldadores, carpinteros, pulidores, pintores.
En este listado no está enumerada, por ejemplo, la profesión de personal de limpieza. Esta profesión se encuentra altamente feminizada, siendo mujeres una cantidad muy por encima del 70%, y en la misma se dan con frecuencia este tipo de lesiones como consecuencia del trabajo.
Este sesgo en el sistema de prevención tiene como consecuencia la invisibilización de riesgos específicos en las profesiones altamente feminizadas, como pueden ser por ejemplo las lesiones musculoesqueléticas. Este sesgo continúa vigente ya que la última actualización del cuadro se produjo en el año 2018 a través del Real Decreto 257/2018.
Consecuencias de un enfoque androcentrista
En caso de que la enfermedad consecuencia del trabajo sea producida por una actividad que no se encuentre en el listado, la Seguridad Social o la mutua tramitarán la baja por enfermedad común. Así, será la trabajadora quien deba iniciar la reclamación (procedimiento de cambio o determinación de contingencia) y demostrar el nexo causal entre la lesión/enfermedad y la realización del trabajo habitual.
Además, cuando la actividad está incluida en el listado, la empresa está obligada a tomar unas medidas preventivas específicas, así como a adaptar el puesto de trabajo o reubicación de puesto. En caso contrario, estas medidas solamente llegarían a tomarse en caso de conseguir una sentencia firme a favor de la declaración como accidente de trabajo.
El papel de los tribunales y la necesidad de la perspectiva de género
La reclamación judicial llevada a cabo por trabajadoras y la aplicación de perspectiva de género por parte de los tribunales, han dado lugar a sentencias que declaraban dolencias de profesiones feminizadas como enfermedades profesionales.
La Sala Cuarta del Tribunal Supremo, por ejemplo, observa en una de sus últimas sentencias que la exclusión de la profesión de limpiadora de la lista de actividades «supone una discriminación indirecta” ya que en el listado únicamente se reflejan profesiones altamente masculinizadas, a pesar de que existen profesiones feminizadas que conllevan esfuerzos similares.
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Integración de la perspectiva de género en seguridad y salud en el trabajo
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